Hace un tiempo mi amigo Miguel me envió un video de google en el que se podía ver cuan ignorantes de la geografía mundial son por el país de los indios y vaqueros. Sin embargo, hoy mismo me estuve buscando por la web y me encontré con esta página, en la que un japonés cuenta que, estando de viaje por Texas, un indígena (¿se le podría llamar así?) le preguntó cuanto se tardaba en llegar desde Japón en coche. A partir de esa anécdota, fue recopilando más información hasta completar un mapa de cómo creen los americanos que es el mundo. De lo más interesante, sobre todo a ver que España pertenece a México y se encuentra por encima de Venezuela y que su lugar en Europa ha sido ocupado por Francia. Por no decir que Australia se encuentra en centro Europa (en realidad, Austria) y que el continente austral ha desaparecido para dar paso a los paises de Utopia, Abirigine que se encuentran en el continente de.... ¡OZ!, el del mago. Os dejo con el video y el mapa, no tienen desperdicio.
A veces, cierto tipo de campañas publicitarias pueden producir un efecto a medio camino entre el mal gusto o la admiración por la creatividad y el saber aprovechar los momentos.
Ese es el caso de estos dos anuncios: uno del semanario alemán bild (el más rápido) y otro del Volkswagen Polo (pequeño pero duro). Aquí os los dejo.
Después de escuchar esta entrevista que le hizo Olga Viza a Ramoncín en su programa "El Tranvía" de Radio 1, y harto ya de que este tipo de personajes sigan soltando sus mentiras en emisoras de radio y televisión me he decidido a enviar un correo electrónico al programa. Supongo que ni siquiera se dignarán a leerlo, mucho menos en antena, pero al menos me he quedado agusto. El texto completo del correo es este (pelín largo, la verdad).
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Para: eltranvia.rne@rtve.es De: Jose María Ramírez Mira. Asunto: Aclaraciones a la entrevista a Ramoncín.
Hola, acabo de escuchar via intenet la entrevista que le hicieron a Ramoncín hace unos días, sin entrar a discutir acerca de los sucesos que comentaron, puesto que no apruebo la violencia en ningún caso, me gustaría aclarar algunas de las declaraciones claramente falsas que dijo:
1º El canon no es ley. Actualmente es únicamente un acuerdo entre dos asociaciones, ASIMELEC, que engloba a los fabricantes de soportes digitales, y SGAE. Como se puede comprobar en esta entrada de la wikipedia.
2º 0,16€ por CD significan 8 € por cada 50 CD's. Si eres un administrador de un sistema informático, puedes estar haciendo copias de seguridad cada semana, con lo que la empresa estará pagando por un servicio que no recibe. En mi caso. Tengo alrededor de 20 Gb de información, esto son unos 28 CD's. A 0,16€ por CD son 4,48€. Si hago una copia de seguridad mensual (un periodo bastante largo, pues suelen ser más frecuentes), tendremos que, al cabo de un año le habré pagado a la SGAE 53,76€. Dinero que, por supuesto no debería ir destinado a ellos.
3º Sobre el canon a los Ipods. Si la música que se descarga de itunes ya viene gravada con canon, si se aplica canon al ipod, se estará pagando 2 veces por el mismo servicio. 4º y último. Para que haya delito, debe haber ánimo de lucro, esto es, yo debo ganar algún dinero con ello, es por ello, que las descargas a través de redes p2p, si una vez descargado el archivo, es para consumo privado, no está quebrantando ninguna ley, es más, estarás protegido por la ley de propiedad intelectual puesto que se encuadra dentro del apartado de copia privada como se muestra a continuación:
"Artículo 31. Reproducción sin autorización Las obras ya divulgadas podrán reproducirse sin autorización del autor y sin perjuicio en lo pertinente, de lo dispuesto en el artículo 34 de esta Ley, en los siguientes casos:
1. Como consecuencia o para constancia en un procedimiento judicial o administrativo. 2. Para uso privado del copista, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 25 y 99.a) de esta Ley, y siempre que la copia no sea objeto de utilización colectiva ni lucrativa. 3. Para uso privado de invidentes, siempre que la reproducción se efectúe mediante el sistema Braille u otro procedimiento específico y que las copias no sean objeto de utilización lucrativa.
Nótese que con el término reproducción se refiere a grabación o copia, tal y como señala el artículo 18."
Nada más; un saludo y se despide atentamente. Jose María Ramírez Mira. Internauta y usuario de gnu/linux.